Plazos de ITV para coches
Para un turismo de uso particular (gasolina o diésel), la periodicidad depende únicamente de los años transcurridos desde la primera matriculación:
| Antigüedad del vehículo | Cada cuánto | Detalle |
|---|---|---|
| Hasta 4 años | Exento | No pasa ITV todavía |
| De 4 a 10 años | Cada 2 años | Primera inspección al cumplir 4 |
| Más de 10 años | Cada año | Anual sin excepción |
Ojo con un matiz que despista a mucha gente: el salto a inspección anual se produce al cumplir 10 años, no cuando te toque la siguiente ITV. Si tu coche pasó la ITV a los 9 años con vigencia de 2, al llegar a los 10 el vehículo ya entra en el tramo anual.
Esta tabla vale para turismos, no para furgonetas. Si tu vehículo es una furgoneta o va destinado a mercancías, el calendario es bastante más exigente y lo tienes más abajo. Lo que manda es la categoría de la ficha técnica, no el uso que le des.
Plazos de ITV para motos
Las motocicletas siguen un calendario más sencillo. No hay tramo anual: una vez entran en la rueda de inspecciones, se quedan en periodicidad bienal.
| Antigüedad de la moto | Cada cuánto | Detalle |
|---|---|---|
| Hasta 4 años | Exento | No pasa ITV todavía |
| Más de 4 años | Cada 2 años | Bienal indefinidamente |
Los ciclomotores se apartan de esta regla: su primera inspección llega antes, a los 3 años, y a partir de ahí pasan a periodicidad bienal. Los vehículos históricos matriculados como tales tienen un régimen propio, más espaciado cuanto mayor es su antigüedad.
Plazos de ITV para furgonetas y vehículos de trabajo
Aquí está el error que más caro sale, y por eso merece sección propia: mucha gente da por hecho que su furgoneta va como un coche. No es así, ni de lejos. Una furgoneta empieza a pasar ITV a los 2 años — no a los 4 — y acaba en revisión semestral, algo que a un turismo no le pasa nunca.
El grupo relevante es el de vehículos destinados al transporte de mercancías con masa máxima autorizada hasta 3.500 kg (categoría N1), donde entra la inmensa mayoría de furgonetas comerciales y vehículos mixtos:
| Antigüedad de la furgoneta | Cada cuánto | Detalle |
|---|---|---|
| Hasta 2 años | Exento | Primera inspección al cumplir 2 |
| De 2 a 6 años | Cada 2 años | Bienal |
| De 6 a 10 años | Cada año | Pasa a anual |
| Más de 10 años | Cada 6 meses | Semestral |
Fíjate en el salto de los 10 años: pasas de una inspección al año a dos al año. Para una furgoneta de reparto que ya tiene edad, eso es un gasto y una parada de actividad que conviene tener en el calendario con antelación, no descubrirlo la semana que caduca.
Vehículos pesados y de servicio público
Si te sales de la furgoneta ligera, los calendarios son estos:
| Tipo de vehículo | Hasta el corte | A partir del corte |
|---|---|---|
| Mercancías de más de 3.500 kg | Anual hasta los 10 años | Semestral a partir de los 10 |
| Taxis, VTC, ambulancias y escolares | Anual hasta los 5 años | Semestral a partir de los 5 |
Furgonetas camper: el matiz que dobla la factura
Este pilla a muchísima gente. Dos campers que por fuera parecen idénticas pueden tener calendarios de ITV completamente distintos. Lo que decide no es que duermas dentro, sino la categoría de homologación que figura en la ficha técnica:
- Homologada como autocaravana (M1): va como un turismo — exenta hasta los 4 años, bienal de 4 a 10, y anual a partir de los 10.
- Camperizada que sigue siendo N1: va como furgoneta — exenta hasta los 2 años, bienal de 2 a 6, anual de 6 a 10 y semestral pasados los 10.
La Dirección General de Tráfico lo aclaró expresamente en la Instrucción PROT 2026/04: manda la clasificación técnica, no el uso. Antes de hacer cuentas, mira qué categoría pone tu ficha técnica.
Comprueba tu ficha técnica antes de fiarte de cualquier tabla, esta incluida. La categoría (M1, N1, N2…) y la masa máxima autorizada que figuran en ella son las que determinan tu calendario. Si tienes varios vehículos de distinto tipo, es fácil aplicarle a uno el plazo de otro.
Cómo saber tu fecha exacta
No tienes que hacer cuentas de cabeza. Tienes tres formas de saberlo con certeza, ordenadas de más fiable a menos:
- El informe de la última ITV. El documento que te entregan en la estación lleva impresa la fecha de la próxima inspección. Es la fuente definitiva.
- La pegatina del parabrisas. Indica el año y el mes de vencimiento. Rápida de consultar, pero se despega y se pierde.
- La ficha técnica. Si el vehículo aún no ha pasado ninguna ITV, busca la fecha de primera matriculación y súmale 4 años.
Un detalle que casi nadie sabe y que ahorra dinero: si pasas la inspección dentro del mes anterior al vencimiento, el nuevo periodo se cuenta desde la fecha de caducidad antigua, no desde el día que la pasas. Es decir, no regalas días. Si la adelantas dos o tres meses, sí los pierdes.
Qué pasa si se te caduca
Circular con la ITV caducada es una infracción sancionable, y la multa es lo de menos. Los dos problemas serios son otros:
- El seguro. En caso de siniestro, la aseguradora puede discutir la cobertura o repetir contra ti si el vehículo circulaba sin inspección en vigor.
- La compraventa. Un vehículo con la ITV caducada no se transfiere con normalidad. Si estás pensando en vender, es un bloqueo directo.
Conviene distinguir dos resultados que la gente confunde. Con resultado desfavorable puedes circular solo para ir al taller y volver a la estación, y tienes un plazo para subsanar y repetir la inspección. Con resultado negativo el vehículo no puede circular por sus propios medios: sale de la estación en grúa.
Cómo no volver a olvidarla
El problema real de la ITV no es saber cada cuánto toca — acabas de leerlo en treinta segundos. El problema es que la próxima cae dentro de uno o dos años, cuando ya no te acuerdes de esta página ni de la pegatina.
La pegatina se despega, el informe acaba en un cajón y el recordatorio del móvil lo pones "luego". Por eso la mayoría de la gente se entera de que la tiene caducada cuando ya lo está.
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Preguntas frecuentes sobre la ITV
¿Cuándo me toca la primera ITV de un coche nuevo?
Al cumplir 4 años desde la fecha de la primera matriculación. Hasta ese momento el turismo de uso particular está exento. La fecha que manda es la de matriculación que figura en la ficha técnica, no la de compra ni la de entrega.
¿Puedo pasar la ITV antes de que caduque?
Sí. Puedes adelantarla y, si la pasas dentro del mes anterior a la fecha de caducidad, el nuevo periodo se cuenta desde la fecha de vencimiento antigua, así que no pierdes días. Si la adelantas mucho más, sí pierdes ese tiempo.
¿Qué pasa si circulo con la ITV caducada?
Es una infracción sancionable y, además, en caso de siniestro tu aseguradora puede discutir la cobertura. Un vehículo con ITV caducada tampoco puede transferirse con normalidad en una compraventa.
¿Cuánto dura una ITV desfavorable?
Con resultado desfavorable puedes circular únicamente para ir al taller y volver a la estación, y dispones de un plazo para subsanar los defectos y repetir la inspección. Con resultado negativo el vehículo no puede circular por sus propios medios.
¿La ITV cuenta desde la matriculación o desde la última inspección?
La primera se calcula desde la matriculación. A partir de ahí, cada nuevo vencimiento se cuenta desde la fecha de la última inspección favorable.
¿Cada cuánto pasa la ITV una furgoneta?
Una furgoneta de mercancías de hasta 3.500 kg (categoría N1) está exenta hasta los 2 años, pasa ITV cada 2 años entre los 2 y los 6, anualmente entre los 6 y los 10, y cada 6 meses a partir de los 10 años. Es un calendario bastante más exigente que el de un turismo, que no llega nunca a la revisión semestral.
¿Mi furgoneta camper pasa la ITV como coche o como furgoneta?
Depende de la categoría de homologación que figure en su ficha técnica, no del uso que le des. Si está homologada como autocaravana (M1) sigue el calendario de los turismos; si sigue clasificada como N1, sigue el de las furgonetas, con revisión semestral a partir de los 10 años. La DGT lo aclaró en la Instrucción PROT 2026/04.
¿Cambia la ITV si uso el coche para trabajar?
Lo determinante es la clasificación técnica del vehículo, no que lo uses por motivos laborales. Ahora bien, los vehículos destinados a servicio público como taxis, VTC, ambulancias o transporte escolar sí tienen su propio calendario: anual hasta los 5 años y semestral a partir de ahí.